Fundacion Universitaria de Boyaca - Uniboyaca

Noviembre 16, 2007

ANTECEDENTES HISTORICOS

Precisar la evolución institucional por medio de la descripción y el análisis de las principales dimensiones de la organización, de sus avances, programas e incrementos cuantitativos y cualitativos y a través del cumplimiento de los propósitos y metas que originalmente se fijaron, es el diagnóstico más nítido que se puede ofrecer para que sirva de telón de fondo y de punto de partida del Proyecto Educativo Institucional de la Universidad de Boyacá - Uniboyacá -

De acuerdo con el “Acta de Fundación” protocolizada mediante Escritura Pública No.1777 del 17 de Octubre de 1979 en la Notaría Segunda de Tunja, “el Dr. Osmar Correal Cabral, promotor de la iniciativa, hizo una exposición detallada sobre la necesidad de crear una institución de educación, que por la excelencia de su trabajo académico llegue a constituirse en el primer centro privado de educación superior en Boyacá, que esté en capacidad de formar y especializar los recursos humanos que se requieren para su desarrollo y que sirva para canalizar la vocación docente e investigativa de los profesionales que han aceptado vincularse a esta empresa. Planteó que la Corporación debía procurar el avance y transmisión del saber universal adaptándolo para el desarrollo del país y el servicio de la comunidad, realizar investigaciones que contribuyan a acrecentar el acervo de conocimientos científicos y tecnológicos, y que en desarrollo de ello deberá realizar programas de educación en todos los campos del saber, en todas las modalidades educativas y todos los niveles. Así mismo, deberá estimular procesos educativos que tiendan a crear hábitos científicos, destrezas para aplicar los conocimientos, actitudes favorables hacia el trabajo y la educación permanentes, y que contribuya a formar hombres útiles con una elevada ética personal y social”

En el primer documento elaborado como Plan de Desarrollo, presentado al ICFES para la obtención de la Personería Jurídica, y cuya síntesis fue publicada por su autor bajo el título desde “Nace una nueva institución Universitaria” (O.Correal, Ediciones Omnia, Tunja 1.981) se declararon como propósitos iniciales los siguientes:

…..”Al tomar la decisión de crear una institución de desarrollo social como la Corporación de Educación Superior se definieron unos grandes objetivos que tuvieran como marco general de referencia la realidad del país y de la región con sus determinantes de espacio, y tiempo, para que los contenidos de ese proceso educativo estén íntimamente ligados con el medio ambiente en que el hombre boyacense realiza sus actividades y con las necesidades y expectativas que las exigencias de los nuevos tiempos le determinan.

Para ello, y para que se justifique la existencia de esta nueva entidad, su pertenencia y arraigo a la realidad boyacense, y su nueva concepción de la educación como un proceso permanente e inacabado, se tiene al propósito de:

  • Realizar programas de educación formal y no formal en diferentes niveles y en diferentes áreas de las Ciencias y las Artes.
  • Estimular procesos educativos que tiendan a crear hábitos científicos y destrezas para aplicar los conocimientos.
  • Crear actitudes favorables hacia el trabajo y la educación permanentes.
  • Contribuir a la formación de hombres útiles con elevada ética personal y social.
  • Ofrecer nuevas oportunidades a los hombres y mujeres boyacenses para desarrollar sus aptitudes y talentos, con el convencimiento de que las nuevas exigencias de la sociedad obligan a los individuos a ser autores permanentes de su propio progreso cultural.
  • Formar dirigentes y cuadros técnicos que no sean inferiores a los problemas que tienen que afrontar. Enseñarles a hacer algo para que sean generadores de su propio progreso.
  • Propiciar la comunicación entre las Ciencias para que sea el elemento integrador de la actividad docente e investigativa y que conduzca a un diálogo activo como una nueva forma del proceso de enseñanza-aprendizaje” (O.Correal, op.cit.Pg.97)

PRICIPIOS FILOSOFICOS

Dado su carácter universal y la manera como están concebidos considero que hoy estos PRINCIPIOS FUNDACIONALES SE CONSIDEREN QUE SIGUEN TENIENDO PLENA VIGENCIA y sus propósitos están en vía de realización. Además, empieza a hacerse una síntesis de ellos, puesto que en ese momento se plantearon, en forma diferenciada, los principios fundamentales así:

  • Principio filosófico: formar a todos los hombres y mujeres como seres sociales trascendentes.
  • Principio psicológico: impartir una formación eurítmica.
  • Principio sociológico: formar con sentido de la libertad y con capacidad crítica.
  • Principio ético-moral: formar profesionales éticamente responsables y comprometidos socialmente.

Fue a partir de entonces cuando se acuñó la frase que sintetiza todos los principios y enmarca la filosofía institucional:

“En esta Universidad, inspirada en el poder del saber, se forman hombres y mujeres libres, críticos y comprometidos socialmente”

Además, si bien es cierto que esta obra es la cristalización de un ideal, se es consciente de que la Institución, para sobrevivir, debe ser suficientemente estable en sus principios y suficientemente comprometida con su misión para dar respuesta a la sociedad en que se inserta.

ESTRUCTURA JURIDICA

En ésta ocasión se ampliaron las áreas del conocimiento en las cuales se podrían desarrollar programas de formación, se cambió la entidad a la cual podrían pasar los remanentes en caso de disolución o liquidación, y se incluyó la denominación de los actos emanados de los órganos directivos y de administración. (Fuente: Oficio dirigido al ICFES No. RE-03-060 de Marzo 11/83).

Entre tanto se expidió el Decreto No. 989 del 6 de abril de 1.983 por medio del cual se modificó el Decreto 2799/80 en lo que hace referencia a la presentación de las escrituras registradas en las instituciones en las cuales en el momento de su fundación se aportaran derechos reales, la obligación de presentar inventarios de bienes muebles e inmuebles en el caso de reformas estatutarias que afectaran el patrimonio de la institución, la obligación de protocolizar mediante escritura pública las reformas estatutarias y las providencias que las aprueben, y sobre los requisitos de inscripción de los representantes legales, entre otras disposiciones.

El ICFES mediante Oficio No.1283 del 19 de mayo de 1983 firmado por el Jefe de la División de Asesoría Institucional de la Subdirección Jurídica formula algunas observaciones al texto de los Estatutos presentados y sugiere que se adicione al Artículo 1o. con la siguiente frase: “Una vez la institución obtenga su reconocimiento institucional como Universidad se denominará Universidad de Boyacá y podrá establecer dependencias seccionales” …

Todas las modificaciones fueron estudiadas y aprobadas por la Sala General en sus sesiones de Junio 5 y 22 y presentadas al ICFES el día 15 de Julio. Sin embargo, el 3 de Agosto la División de Asesoría Institucional del ICFES vuelve a formular observaciones a dos Artículos (17 y 18 ) del texto propuesto y por eso es necesario que la Sala General vuelva a reunirse el 6 y el 21 de Agosto para darle la aprobación estatutaria.

Culmina todo ese trámite con el concepto favorable de la Junta Directiva del ICFES del 26 de Enero/84, el cual es enviado al Ministerio de Educación Nacional y allí se expide la Resolución No.5538 del 17 de Mayo de 1984 lo cual permite protocolizar la reforma estatutaria mediante Escritura Pública No. 974 del 24 de Mayo de 1984.

Cuatro años después, entre el 7 de Noviembre de 1.987 y el 30 de Mayo de 1988 se estudió y aprobó por parte de la Sala General una segunda reforma en los Estatutos para “darle mejor funcionalidad al gobierno y administración de la Corporación, modificar el Comité Académico y crear el Consejo Académico asignándole funciones de carácter decisorio, introducir las inhabilidades e incompatibilidades del Revisor Fiscal, crear el cargo de Síndico General”.

El ICFES mediante oficio No.045 del 19 de Enero de 1989 emitió concepto favorable sobre la reforma propuesta, el Ministerio de Educación expidió la Resolución No.03837 del 9 de Mayo/89, y se protocolizó mediante Escritura Pública No. 1.343 del 25 de Mayo/89.

Segunda etapa: como FUNDACIÓN (desde 1993 )

Los primeros doce años de existencia legal de la institución fueron muy difíciles pero dejó lecciones y experiencias muy importantes que era necesario tener en cuenta para darle una forma jurídica apropiada a su misión y que permitiera la consolidación definitiva de la institución.

Se aprovechó la coyuntura de la expedición de la Ley 30 del 28 de Diciembre de 1992, por medio de la cual “se organiza el servicio público de la educación superior”, y se desarrollan los principios constitucionales de la autonomía universitaria (Art.69) para recoger lo dispuesto en los Arts. 27, 41, 67, 70, 123, 128, 189, 211, 350 y 366, y para hacer una modificación estatutaria que además atendiera lo previsto en el Artículo 139 de la ley anteriormente citada, que determinó que las Instituciones universitarias tendrían un plazo de tres (3) años para transformarse en Universidad.

Las finalidades y alcances de esta reforma estatutaria quedaron consignadas en el oficio remisorio radicado en el ICFES el 30 de abril de 1993 y que a continuación se transcriben:

…”1.- ……Con el fin de garantizar su permanencia y un mayor compromiso con la tarea educativa que hemos venido desarrollando, se convertirá, en virtud de la presente reforma estatutaria, en Fundación de utilidad común, sin ánimo de lucro, persona jurídica que por su naturaleza está en mejores condiciones para desarrollar de manera autónoma e independiente su misión en la educación superior.

2.- La experiencia que como Corporación ha tenido la institución nos pone de presente los problemas que se derivan de la pérdida de interés y la renuncia de algunos miembros de la Sala General. Siendo una Fundación, puede contar con un organismo máximo de gobierno estable y comprometido con su misión, se garantiza una mayor proyección de su actividad dada su permanencia en el tiempo que se prolongará más allá de la vida de sus Fundadores .”

Y más adelante se afirma que …. “con la presente reforma estatutaria no se modifican sus características esenciales: se mantiene su carácter académico, así como las áreas del conocimiento y las modalidades educativas en que se puede desempeñar la Institución .”

Con las correcciones solicitadas por el ICFES con fecha 23 de Julio/93 , esta entidad dio su concepto favorable para que el Ministerio de Educación Nacional expidiera la Resolución No. 5086 del 23 de Septiembre de 1993 que ratificó la reforma estatutaria, la cual se protocolizó mediante Escritura Pública No.2.772 del 7 de Octubre de 1993 en la Notaría Segunda del Círculo de Tunja.

MISION

“Basados en el poder del saber formar hombres y mujeres libres, críticos y comprometidos socialmente”. Esta frase que enmarca la filosofía Institucional fue extractada de los principios y propósitos fundamentales que condujeron a que hoy en día esta sea la Institución de la Excelencia y el Cumplimiento Académico.

VISION

SER LOS MEJORES. Nuestro Compromiso con la Sociedad Colombiana. Ser la mejor Institución Educativa del Oriente Colombiano.

OBJETIVO GENERAL

Procurar el avance y transmisión del saber universal, adaptándolo para el servicio de la comunidad y para el desarrollo del país a través de sus programas de educación formal, en las diferentes áreas de las artes, formando hombres útiles, libres y comprometidos socialmente.

Tomado de : http://www.uniboyaca.edu.co.

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